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Una protesta contra la violencia sexual machista, en Pamplona, norte de España
Una protesta contra la violencia sexual machista, en Pamplona, norte de España Derechos de autor Alvaro Barrientos/Copyright 2018 The AP. All rights reserved.
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Derechos de autor Alvaro Barrientos/Copyright 2018 The AP. All rights reserved.

Ley del 'solo sí es sí': ¿Está rebajando la pena de los abusadores sexuales en España?

Por Laura Llach
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Habla el abogado de un abusador sexual que ha quedado en libertad tras la entrada en vigor del a nueva ley: "Nosotros no fuimos capaces de absolver a mi cliente, ha sido el Ministerio de Igualdad".

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Seis años y nueve meses de prisión fue la sentencia que recibió Antonio S.

La Audiencia Provincial de Madrid condenó a este profesor, que impartía clases de inglés en un colegio de San Sebastián de los Reyes (Madrid), por tres delitos de abuso sexual continuado.

Había abusado de adolescentes y en su casa hallaron material de carácter sexual con menores. En el registro, también encontraron una lista con lo que pagaba a sus alumnos por realizarles tocamientos sexuales.

Hasta 1.200 euros ofreció a uno de ellos por dejarse hacer una felación, aunque éste nunca aceptó la propuesta.

Antonio fue excarcelado hace 40 días, tras la entrada en vigor de la nueva Ley de Garantías de Libertad Sexual, más conocida como 'ley del solo sí es sí'. Tan solo ha cumplido la mitad de su condena, pero el delito del que le acusaron no está tipificado en la nueva ley.

“Lo ha absuelto el Ministerio de Igualdad”

Todos los menores tenían entre 16 y 17 años y eran alumnos de Antonio, antiguos alumnos o amigos de éstos. Tras la denuncia en 2019, el profesor fue detenido cuando ocho de los chicos lo acusaron en un juicio que se celebró en diciembre de 2021.

“Fue acusado de una decena de delitos de naturaleza sexual, corrupción de menores, prostituir a menores de edad etc. La fiscalía pedía 40 años de prisión y 40.000 euros para las víctimas”, cuenta a Euronews Alvaro García-Olay Samaniego, abogado del profesor.

El 28 de septiembre de este mismo año, a ocho días de entrar en vigor la nueva 'ley del solo sí es sí', la Audiencia Provincial de Madrid contactó con García-Olay por escrito.

“Fue de oficio, sin que nosotros lo pidiésemos. Nos avisaron de que esta nueva ley iba a entrar en vigor y que se podían presentar alegaciones para excarcelar de inmediato a mi cliente”, asegura el abogado, que añade que éste procedimiento no suele ser habitual en otros casos.

Aunque ya había sido juzgado, se le aplicó el principio de retroactividad de la ley penal más favorable. En el Código Penal español se establece que tendrán efecto retroactivo aquellas leyes que favorezcan al reo.

“Como se ha unificado abuso y agresión sexual, ahora todo es agresión. En el caso de mi cliente no hubo violencia, así que se ha despenalizado. Por eso le excarcelaron de manera inmediata y fulminante”, justifica el abogado.

Antes de la reforma, el artículo 182 condenaba al que con engaño, abusando de una posición reconocida, sobre una víctima entre 16 y 18 años, cometía abusos.

“Influenciar para mantener abusos sexuales o dejarse abusar, que era una conducta más leve, ha dejado de ser delito. Y, al dejar de ser delito, se le tiene que poner en libertad”, explica Concepción Roig, portavoz de Juezas y Jueces por la Democracia.

“Gracias a Irene Montero, mi cliente solo podía estar un año en la cárcel. Nosotros no fuimos capaces de que lo absolviesen, ha sido el Ministerio de Igualdad”, zanja el abogado.

Cuenta que despachó el escrito con las alegaciones para pedir la excarcelación de su cliente en medio folio. La Fiscalía se pronunció para oponerse, pero no había fundamento.

En total, Antonio ha cumplido de forma efectiva tres años en prisión, de los que, con la nueva ley, solo le corresponden 15 meses. Es por esto que el abogado va a solicitar una indemnización al Estado por exceso en el cumplimiento de condena.

Alvaro Barrientos/Copyright 2018 The AP. All rights reserved.
Mujeres durante una protesta en Pamplona tras la violación en grupo de una menor a manos de 'La Manada', en el norte de EspañaAlvaro Barrientos/Copyright 2018 The AP. All rights reserved.

¿Qué ha pasado con la ley del 'solo sí es sí'?

El caso de Antonio no es el único que ha generado revuelo en los últimos días. Tras la entrada en vigor de esta nueva Ley, el pasado 7 de octubre, se ha producido un goteo de resoluciones judiciales que están rebajando la pena impuesta a agresores sexuales condenados bajo la anterior legislación.

Por el momento, hay 14 condenas por abuso sexual rebajadas en España. La comunidad autónoma que más casos ha contabilizado es Madrid, con cuatro.

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Los expertos señalan que el problema viene porque la nueva norma suprime la distinción entre abuso sexual y agresión sexual.

Las agresiones tenían que ver con el uso de violencia o intimidación y los abusos con otro tipo de medios comisivos, según explica José Luis Díez Ripollés, catedrático de Derecho Penal de la Universidad de Málaga.

“Se hizo esta nueva Ley para dar más importancia al papel del consentimiento. Por lo que, independientemente de si se utiliza violencia o intimidación o no, todo comportamiento que no es consentido debe ser condenado, en principio, igual”, asegura Díez.

“Al juntar las agresiones y los abusos en un mismo delito han intentado encontrar un punto medio para las penas. Como no podían poner el marco penal de las agresiones porque resultaba muy duro para los abusos sexuales y no podían poner el de los abusos sexuales porque era muy leve para las agresiones, han decidido poner el límite máximo de las anteriores agresiones y como límite mínimo de la pena el propio de los anteriores abusos”, apunta.

El resultado ha sido una horquilla de penas que oscilan entre una multa en los casos más leves y 15 años de cárcel para los casos más graves.

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Los nuevos tramos implican, para las antiguas agresiones, una rebaja de los castigos mínimos y, para los antiguos abusos, una subida de los límites máximos. La agresión sexual con penetración, cuyo mínimo en la antigua norma era de seis años, se queda ahora en cuatro.

“La decisión de meter en un mismo saco las agresiones y los abusos era técnicamente inadecuada. Eso ya lo avisamos antes de que se aprobase la Ley”, afirma Díez.

“Ha sido un error. La antigua regulación estaba bien elaborada técnicamente y graduaba correctamente los diferentes supuestos de ausencia de consentimiento.. Pero esto ha sido una reforma ideológica en la que no tuvieron en cuenta cómo funciona el Código Penal”, zanja.

¿Pueden los tribunales frenar esto?

Según explica Manuel Cancio Meliá, vocal permanente de la sección cuarta, de Derecho Penal, de la Comisión General de Codificación del Ministerio de Justicia, existe el derecho a que a la persona juzgada, aunque ya esté condenada, no se le aplique una ley menos favorable del pasado.

“Es por esto que ahora hay que revisar los casos en los que la pena haya bajado. Los tribunales españoles deben de hacerlo de oficio o a petición del penado, aunque ya esté cumpliendo la sentencia”, señala.

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Cancio sostiene que los tribunales están haciendo esto de manera muy mecánica. “Tienen que mirar el caso bien. Esta ley es una mezcla de los delitos que antes estaban separados, por eso deberían mirar con cuidado qué pasó en cada caso”, dice Meliá.

“No se debería decir que, como el artículo es el mismo y la pena ahora es más baja, hay que revisar todos los casos”.

Aún así, la tarea se complica para los tribunales que, a pesar de tener un márgen de interpretación, no pueden ignorar las reglas de determinación de la pena o mantener una pena que exceda el límite impuesto por la 'ley del solo sí es sí'.

“El derecho penal funciona con unas reglas, y esas reglas las tenemos que cumplir los jueces, porque entendemos que si las leyes evolucionan es porque la sociedad ha evolucionado”, defiende la portavoz de Juezas y Jueces por la Democracia.

Por su parte, el ministerio de Igualdad ha señalado la actuación de los magistrados. En palabras de la ministra Irene Montero, la reducción de penas se debe a que los jueces estaban “incumpliendo la ley” producto del “machismo” y defendía la eficacia del texto original.

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“Esto no se hace porque los jueces seamos machistas, ni porque la ley tenga una grieta. Si la imagen de quien tiene que proteger a las víctimas, que son los jueces, se mancha así, lo único que conseguirán es que las víctimas no acudan a denunciar”, argumenta la portavoz en referencia a las declaraciones de la ministra.

"Lay ley ha pasado toda la tramitación parlamentaria y no se hizo ninguna enmienda. El legislador ha decidido y nosotros tenemos que aplicarlo", sostiene.

La decisión está ahora en manos del Tribunal Supremo que tiene sobre la mesa varios recursos de sentencias por delitos sexuales donde los condenados han solicitado que se tenga en cuenta la nueva ley.

Está previsto que se pronuncie en las próximas semanas  sobre cómo afecta la nueva norma a los casos juzgados con la anterior legislación y su decisión marcará el camino de los Tribunales Superiores y las Audiencias Provinciales. El objetivo es que unifique el criterio para algunos supuestos y evite las resoluciones dispares.

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