Tampoco se podrá cortar la cola, las orejas o seccionar las cuerdas vocales del animal de compañía.
Prohibido regalar animales de compañía a menores de 16 años o a modo de premio, recompensa o gratificación. Esta es una de las medidas del Convenio Europeo sobre protección de animales que ha entrado hoy en vigor en España.
La reglamentación también incluye aspectos como las intervenciones quirúrgicas a las que se puede someter a las mascotas y no permite el corte de cola, orejas, sección de las cuerdas vocales y extirpación de uñas y dientes del animal.
"Las intervenciones en las cuales el animal vaya a sufrir o pueda sufrir dolores intensos sólo podrán efectuarse con anestesia y por un veterinario o bajo su supervisión", indica.
Asimismo, la mascota solo podrá ser sacrificada por el veterinario u otra persona competente, que estime que que se trata de un caso de urgencia previsto por la legislación nacional. El ahogamiento, las descargas eléctricas y el suministro de sustancias venenosas sin control quedan prohibidas como métodos de sacrificio.
"En definitiva, este convenio como objetivo tiene garantizar que 'nadie' deberá infringir 'innecesariamente dolor, sufrimiento o angustia a un animal de compañía' o que "nadie" deberá abandonarlo", indica la Asociación Nacional para la Defesa de Animales en su página web.
Su portavoz Alberto Díez ha señalado que, "era muy necesario encontrar una fórmula que permitiera, más allá de competencias nacionales, autonómicas o locales, establecer unos criterios de protección animal mínimos que garantizaran el respeto por nuestros animales de compañía de forma uniforme e independientemente del lugar en que nacieran o vivieran".
El documento ya había sido ratificado por el Boletín Oficial del Estado del pasado 11 de octubre, pero el 1 de febrero como era la primera fecha de aplicación. Ha llegado con años de retraso a España, puesto que el convenio se aprobó en Estrasburgo 1987.