A partir del 1 de diciembre, las trabajadoras con patologías incapacitantes asociadas a la menopausia podrán acceder a una baja médica específica. España amplía así la protección laboral de las mujeres, aunque otros países europeos siguen sin contemplar una medida similar.
A partir del próximo 1 de diciembre, las mujeres que viven y trabajan en España tendrán un nuevo derecho laboral. Aquellas que sufran problemas de salud incapacitantes relacionados con la menopausia podrán solicitar una baja médica específica y recibir una prestación económica desde el segundo día, sin necesidad de haber cotizado durante un periodo mínimo.
La reforma fue aprobada por el Gobierno el pasado 20 de octubre y supone un nuevo paso en la protección de la salud de las mujeres en el trabajo. Sin embargo, no bastará con estar atravesando la menopausia para acceder a esta baja. Será necesario que un médico diagnostique una patología asociada a un trastorno menopáusico secundario que impida temporalmente desempeñar la actividad laboral.
El Ejecutivo considera que esta medida permitirá atender problemas de salud que durante años han recibido poca atención en el ámbito laboral. La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz, defendió la reforma durante la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.
"Más de diez millones y medio de mujeres están afiliadas a la Seguridad Social y damos respuesta a situaciones que estaban invisibilizadas", afirmó. España ya dio un paso en esta dirección en 2023, cuando aprobó la baja por menstruación incapacitante, considerada una medida pionera en Europa. Ahora, la nueva regulación amplía esa protección a determinadas patologías relacionadas con la menopausia.
¿Quién podrá solicitar la nueva baja por menopausia?
Los sofocos intensos, los problemas para dormir, la fatiga o las dificultades de concentración pueden llegar a afectar al día a día de algunas mujeres durante la menopausia. En determinados casos, estos problemas también pueden impedirles trabajar con normalidad.
Pero no todos los síntomas darán derecho a una baja médica. Para solicitarla, la trabajadora tendrá que pasar por una valoración sanitaria que determine si padece una patología incapacitante relacionada con un trastorno menopáusico secundario. El diagnóstico deberá quedar registrado mediante el código médico correspondiente y la trabajadora tendrá que recibir asistencia sanitaria del sistema público de salud.
¿Cuánto se cobrará durante la baja?
La principal diferencia respecto a una baja ordinaria por enfermedad común está en cuándo comienza a cobrarse la prestación. Mientras que en una baja por enfermedad común el subsidio suele empezar a abonarse a partir del cuarto día, las mujeres que accedan a esta nueva modalidad comenzarán a cobrar desde el segundo día.
La empresa se hará cargo del salario del primer día. A partir del siguiente, la trabajadora recibirá una prestación de la Seguridad Social equivalente al 60% de la base reguladora durante los primeros 20 días y al 75% desde el día 21.
Además, se elimina otro requisito habitual de las bajas por enfermedad común: haber cotizado al menos 180 días durante los cinco años anteriores. Las mujeres que cumplan las condiciones médicas podrán acceder a esta prestación independientemente del tiempo que lleven cotizado.
¿Cómo se solicita la baja laboral por menopausia?
El procedimiento comenzará en la consulta médica. La trabajadora deberá acudir a un profesional sanitario del sistema público de salud y explicar los problemas que está experimentando y cómo afectan a su capacidad para trabajar.
Si el médico determina que existe una patología asociada a un trastorno menopáusico secundario que le impide desarrollar su actividad laboral, podrá emitir el correspondiente parte de baja.
Como ocurre con las demás bajas médicas, la trabajadora no tendrá que entregar el parte en papel a su empresa, ya que la información se comunica electrónicamente a través de la Seguridad Social. Las nuevas condiciones comenzarán a aplicarse el 1 de diciembre de 2026.
¿Qué ocurre en otros países en Europa?
Alemania, Italia, Grecia, Portugal y Turquía no cuentan con una baja laboral específica por menopausia, según los datos recopilados por 'Euronews'. En Alemania y Portugal, por ejemplo, las mujeres cuyos síntomas les impiden trabajar pueden acudir al médico y solicitar una baja por enfermedad común. En ambos países, la menopausia no dispone de una regulación laboral diferenciada.
Tampoco existe una medida equivalente en Grecia, Italia o Turquía, donde no se ha establecido una prestación específica para las patologías incapacitantes relacionadas con esta etapa.
Con esta reforma, España amplía la protección laboral de las mujeres más allá de la baja por menstruación incapacitante aprobada en 2023. La medida también pone sobre la mesa una cuestión que sigue sin tener una respuesta específica en buena parte de Europa: cómo adaptar los sistemas de protección social a los problemas de salud que pueden aparecer durante la menopausia.