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El Supremo suspende el derecho al voto de los extranjeros nacionalizados en España por la 'ley de nietos'

ARCHIVO: Manejo de las papeletas en un centro electoral.
ARCHIVO: Manejo de las papeletas en un centro electoral. Derechos de autor  Copyright 2019 The Associated Press. All rights reserved
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Por Rafael Salido & Euronews
Publicado última actualización
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El Tribunal Supremo paraliza las altas en el censo de extranjeros que hayan obtenido la nacionalidad española por la Ley de Memoria Democrática, salvo que los consulados acrediten que son hijos o nietos de exiliados.

El Tribunal Supremo ha suspendido las altas en el censo electoral de aquellos extranjeros que hayan obtenido la nacionalidad española al amparo de la denominada 'ley de nietos', salvo que los consulados acrediten que son hijos o nietos de españoles exiliados.

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La decisión supone paralizar la inscripción automática en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) de estos nuevos nacionalizados hasta que se compruebe que cumplen los requisitos establecidos en la norma.

El alto tribunal ha estimado parcialmente las medidas cautelares solicitadas por Vox e Iustitia Europa. El Gobierno ha expresado su rechazo a la decisión, que la ministra portavoz, Elma Saiz, ha calificado de contraria al criterio del Ejecutivo y de la Junta Electoral Central.

En virtud a una disposición incluida en la Ley de Memoria Democrática de 2022, la 'ley de nietos' facilita a hijos y nietos de españoles de origen, que perdieron su nacionalidad al verse exiliados por motivos políticos, ideológicos, religiosos o de orientación sexual, el optar a la nacionalidad española, lo cual, en última instancia, les da acceso al derecho a voto. Sin embargo, una instrucción posterior del Gobierno estableció que se "presumirá" la condición de exiliado de los españoles que abandonaron España entre 1936 y 1955.

El fallo del Supremo este martes establece que todas las inscripciones en el censo de personas que obtuvieron su nacionalidad por esta vía quedan en suspenso hasta que las oficinas consulares acrediten que los nacionalizados cumplen con los requisitos contemplados en la legislación.

"No regirá la suspensión para las personas con respecto a las cuales los encargados de los registros consulares expidan certificación acreditativa de su condición de nacidos fuera de España, de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente fueran españoles (…) sin haber aplicado la presunción de la instrucción", aclara el fallo, citado por medios locales.

Igualmente, se suspende por el momento la inscripción de nuevos nacionalizados en el registro electoral. El Tribunal Supremo establece que estas medidas permanecerán vigentes de cara a futuros procesos electorales hasta que se dicte sentencia en este procedimiento.

Vox y PP celebran el fallo

La decisión llega después de que este lunes se celebrara un vista pública en el alto tribunal para evaluar los posibles efectos electorales que podría tener la suspensión cautelar del registro, solicitada por Vox e Iustitita Europa ante la posibilidad de "daños" irreversibles a los comicios.

Vox ha celebrado la decisión judicial a través de un comunicado en el que la formación ha expresado que se ha logrado suspender "el intento de manipulación del censo electoral para alterar las elecciones".

Por otra parte, Alberto Núñez Feijóo, líder del principal partido de la oposición, el Partido Popular, también ha aplaudido la decisión y, a través de las redes sociales, ha criticado la "opacidad absoluta" y la urgencia con la que el Gobierno de Pedro Sánchez tramito la Ley de Memoria Democrática. "Teníamos razón", ha zanjado.

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