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Bruselas lleva de nuevo a España ante el TJUE por no ejecutar una sentencia sobre indemnizaciones

Una foto de varias banderas de la Unión Europea a las afueras de Bruselas
Una foto de varias banderas de la Unión Europea a las afueras de Bruselas -  Derechos de autor  AP Photo
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Por Cristian Caraballo
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La Comisión Europea ha decidido llevar de nuevo a España ante el TJUE por no aplicar la sentencia de 2022 que declaró que sus normas dificultaban en exceso indemnizar a los particulares por daños causados por leyes contrarias al Derecho de la UE.

Bruselas lleva de nuevo a España frente al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). La Comisión Europea decidió este jueves remitir el caso por no haber aplicado la sentencia del 28 de junio de 2022, en la que el tribunal concluyó que las normas españolas hacían demasiado difícil que los ciudadanos cobraran indemnizaciones por los daños causados por leyes contrarias al Derecho comunitario. Es la segunda vez que el asunto llega a Luxemburgo.

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El origen está en 2015, cuando la Comisión recibió denuncias sobre la compatibilidad con el Derecho europeo de varios aspectos de dos leyes españolas: la 40/2015, de régimen jurídico del sector público, y la 39/2015, del procedimiento administrativo común.

Bruselas abrió un procedimiento de infracción en junio de 2017. España no modificó su legislación ni siquiera tras el dictamen motivado de enero de 2018, así que la Comisión llevó el caso al Tribunal en noviembre de 2019 y la sentencia de 2022 le dio la razón.

Los Estados miembros están obligados a adoptar cuanto antes las medidas necesarias para cumplir los fallos del Tribunal de Justicia. Como España no lo hizo, la Comisión envió una carta de emplazamiento en diciembre de 2025.

Tras nuevos contactos con las autoridades españolas, el fallo sigue sin aplicarse. Un proyecto de ley que modificaría las disposiciones cuestionadas continúa pendiente en el Parlamento.

Qué es la responsabilidad del Estado legislador

La responsabilidad del Estado es un principio del Derecho de la UE que establece una indemnización por las pérdidas o daños que el legislador cause a los particulares al infringir el Derecho de la Unión.

Se apoya en el principio de efectividad: las normas nacionales no pueden hacer imposible, ni excesivamente difícil, el ejercicio de los derechos que reconoce la UE. En 2022, el Tribunal estimó que determinadas reglas españolas sobre estas reclamaciones imponían condiciones y límites que cumplían justo ese supuesto.

Si el Tribunal concluye que España incumple su sentencia, puede imponerle una multa a tanto alzado, una sanción diaria o las dos a la vez. El comunicado de la Comisión no apunta cifras. No es el único expediente que Bruselas ha llevado a Luxemburgo contra España este año.

En marzo lo hizo por no transponer dos directivas del IVA, en abril por incumplir las obligaciones de recogida, depuración y control de aguas residuales, en junio por no adaptar las normas del comercio de derechos de emisión y en julio por ciberseguridad, requisitos de fondos propios de la banca y reconocimiento de cualificaciones profesionales.

Hasta la sentencia de 2022, quien quería reclamar por una ley contraria al Derecho europeo debía superar requisitos muy exigentes, entre ellos que el TJUE hubiera declarado antes esa norma contraria al Derecho de la UE.

El tribunal estimó que esas exigencias vulneraban el principio de efectividad. Desde el fallo los particulares pueden reclamar también por daños que en su día no pudieron reclamarse por culpa de esos requisitos. Los análisis jurídicos apuntan sobre todo a los contribuyentes.

Un proyecto de ley que lleva casi un año en el Congreso

El Gobierno remitió al Congreso el proyecto de reforma tres años después del fallo, y se publicó en el Boletín de las Cortes el 14 de octubre de 2025. Se tramita en la Comisión de Hacienda y Función Pública, con competencia legislativa plena, y el plazo de enmiendas se ha ido ampliando una y otra vez: el calendario del Congreso recoge prórrogas hasta, al menos, el 17 de junio de 2026. El texto elimina, según un análisis jurídico, el plazo de caducidad de cinco años para estas reclamaciones, aunque ese mismo análisis duda de que los cambios basten para cumplir el fallo.

Qué multas ha pagado España en casos parecidos

El precedente más cercano es el de las aguas residuales. España no ejecutó una sentencia de 2011, la Comisión volvió a recurrir en 2017 y en 2018 el Tribunal le impuso una suma a tanto alzado de 12 millones de euros y una multa coercitiva de 10,95 millones por cada semestre de retraso.

Hay otros ejemplos más recientes, aunque por incumplimientos de transposición, no por inejecución de un fallo. En 2021, el Tribunal condenó a España a pagar 15 millones a tanto alzado y 89.000 euros diarios por no adoptar la directiva de protección de datos en el ámbito policial y judicial. En agosto de 2025 la multa fue de 6,8 millones por la directiva de conciliación.

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