Las cárceles de América Latina son el caballo de Troya del coronavirus

Motín en una cárcel colombiana por miedo a que no se tomen medidas contra el coronavirus
Motín en una cárcel colombiana por miedo a que no se tomen medidas contra el coronavirus Derechos de autor Ivan Valencia/Copyright 2020 The Associated Press. All rights reserved
Por Oscar ValeroHRW
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La organización Human Rights Watch pide que se alivie el hacinamiento en las cárceles de la región para evitar un foco incontenible de Covid-19

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En las cárceles de América Latina, muchas de las cuales están entre las más violentas del mundo, las amenazas internas y externas están a la orden del día. Pero los motines, evasiones y enfrentamientos del mes de marzo en prisiones de Colombia, Venezuela, Argentina o Brasil fueron insuales en tanto que el pánico se extendió hasta por entre los más habituados al miedo por el temor a que el coronavirus diezmara a los reclusos.

La organización Human Rights Watch (HRW) advierte de que "la insalubridad" en las cárceles de América Latina y el Caribe "es caldo de cultivo para propagar el virus dentro y fuera de las prisiones".

"Un brote de coronavirus en las cárceles de América Latina generaría un enorme problema de salud pública que afectaría no solo a los reclusos sino también al resto de la población", dijo José Miguel Vivanco, director para las Américas de HRW.

La falta de medidas de higiene y prevención podría hacer que cualquier brote pasara al personal, a contratistas; por supuesto a visitantes y abogados; y por último a reclusos que luego sean liberados. Todos ellos en contacto con la población libre de estos países.

Aligerar la carga de las prisiones para evitar un problema mayor

Para empezar, desgrana HRW, los gobiernos de los países más aludidos podrían seguir las indicaciones del Subcomité de la ONU para la Prevención de la Tortura (SPT), que les ha instado “reducir el número de personas en las prisiones" liberando "a las personas que no tendrían que estar bajo custodia, así como aquellas que no han sido acusadas formalmente, que fueron detenidas arbitrariamente o las detenidas por actos que no deberían estar tipificados como crímenes".

El STP y HRW también han pedido a los gobiernos que ciertas categorías de detenidos que no amenazan la seguridad pública también sean liberados. "Para cada una de estas categorías, las autoridades deberían determinar si es necesario el uso de tobilleras electrónicas, arresto domiciliario u otras medidas para controlar a las personas liberadas", pide HRW.

Además la organización recuerda que, para aquellos que deban permanecer en prisión, los servicios nacionales tienen "la responsabilidad de proteger y ofrecer cuidados médicos a los reclusos que no sean liberados". Es importante para la organización "que diseñen planes integrales de prevención y respuesta frente al COVID-19 en los centros de detención que no consistan exclusivamente en el aislamiento, sino establecer medidas para proteger la salud física y mental de los reclusos".

Chile, Brasil y Argentina han empezado a tomar medidas

Aún así, algunas autoridades de la región han tomado medidas positivas, según la organización, que señala positivamente a Chile, Argentina y Brasil. Estos tres han adoptado medidas para permitir el arresto domiciliario u otras alternativas al encarcelamiento para ciertas categorías de reclusos.

En Chile, el gobierno ha anunciado que enviará un proyecto de ley al Congreso para conceder el arresto domiciliario a internos de edad avanzada que no hayan sido condenados por delitos graves, y ha creado un comité de emergencia encargado de adoptar medidas preventivas contra el coronavirus en las cárceles. En Argentina, el Servicio Penitenciario Federal está elaborando una lista de internos expuestos a un mayor riesgo de salud, para que la justicia evalúe la posibilidad de dictar para ellos medidas alternativas a la detención.

En Brasil, el Consejo Nacional de Justicia recomendó que los jueces limitaran las nuevas órdenes de prisión preventiva a los casos de “máxima excepcionalidad”, y que consideraran alternativas a la detención para quienes ya están en prisión preventiva, sobre todo aquellas personas en establecimientos con sobrepoblación y las personas con mayor riesgo para la salud, así como la liberación anticipada o la detención domiciliaria de reclusos en instalaciones semiabiertas o abiertas.

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