En junio, el BOE fijó en 75 euros la dieta para presidentes y vocales titulares de las mesas electorales, 5 euros más que la cuantía anterior. Los suplentes solo cobrarán si asumen la titularidad.
Los españoles que sean elegidos para formar parte de una mesa electoral en las elecciones del 29 de noviembre cobrarán una dieta de 75 euros por la jornada electoral, según establece la Orden INT/650/2026, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 27 de junio.
La normativa fija esta compensación para los presidentes y los dos vocales titulares de cada mesa electoral. El artículo 1 establece que las personas designadas para estos cargos "percibirán una dieta de 75,00 euros".
La cantidad se abonará por cada jornada electoral, incluso cuando coincidan varios procesos electorales en una misma fecha. Los suplentes solo tendrán derecho a cobrar si adquieren la condición de titulares, según recoge el artículo 2 de la orden ministerial.
Además, la regulación aclara que la dieta se percibirá íntegramente, con independencia del tiempo durante el que se haya desempeñado el cargo. El artículo 3 señala que el importe será el mismo "con independencia del tiempo de la jornada electoral que se haya estado desempeñando el cargo".
El Gobierno aumentó la dieta en cinco euros
La nueva regulación eleva de 70 a 75 euros la compensación que reciben los miembros de las mesas electorales, una subida de cinco euros respecto a la cuantía establecida en marzo de 2023.
El BOE justifica la actualización por la necesidad de adaptar la compensación a la situación económica actual y facilitar la gestión de los pagos. Hasta ahora, las dietas se actualizaban en la misma proporción que las retribuciones de los empleados públicos, un sistema que, según la orden, dificultaba especialmente los abonos en efectivo.
La Orden INT/650/2026 entró en vigor el 28 de junio, un día después de su publicación, y se aplica a los procesos electorales celebrados desde entonces.