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Un tribunal japonés rechaza reconocer la maternidad de una mujer 'trans' -medios

Un tribunal japonés rechaza reconocer la maternidad de una mujer 'trans' -medios
Un tribunal japonés rechaza reconocer la maternidad de una mujer 'trans' -medios Derechos de autor  Thomson Reuters 2022
Derechos de autor Thomson Reuters 2022
Por Reuters
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TOKIO, 19 ago - Un tribunal japonés dictaminó el viernes que sólo la niña nacida antes de que una mujer 'trans' pasara por su transición quirúrgica y legal puede ser reconocido legalmente como su hija, mientras que la nacida después de su transición no puede serlo, informaron medios de comunicación.

Japón, donde muchas personas LGBTQ+ todavía no salen del armario ante sus familias, exige que cualquier persona que quiera cambiar legalmente de género se someta a una cirugía para extirpar los órganos sexuales con los que nació, una práctica muy criticada por los grupos de defensa de los derechos humanos.

La mujer 'trans', a la que se le asignó el género masculino al nacer, tuvo dos hijas con su pareja femenina utilizando esperma conservado antes de su transición, informaron la cadena pública NHK y la agencia de noticias Kyodo.

Hace cuatro años se le permitió legalmente cambiar de género en su registro familiar, según las informaciones.

Aunque su pareja fue reconocida como madre legal de las niñas por haberlas dado a luz, la solicitud de la mujer 'trans' para que se la reconociera como madre no fue aceptada por un tribunal de familia de Tokio en febrero.

Ese tribunal dijo que "actualmente no hay nada en la legislación japonesa que reconozca sus derechos parentales", una sentencia que la mujer recurrió.

El viernes, el Tribunal Superior de Tokio dictaminó que podía ser reconocida como madre de la hija nacida antes de su cambio legal de género, pero no de la segunda, nacida después.

No hubo más detalles disponibles de inmediato.

Japón sigue siendo el único país del Grupo de los Siete que no reconoce el matrimonio entre personas del mismo sexo.

En junio, un tribunal japonés dictaminó que la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo no es inconstitucional, lo que supuso un revés para los derechos del colectivo LGBTQ+ después que un tribunal de 2021 dictaminara lo contrario.

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