La Junta Electoral Central (JEC) excluyó a Puigdemont y a los exconsejeros catalanes, Comín y Ponsatí al considerar que su candidatura era una 'burla' a la ley. Sin embargo, la Fiscalía considera que su exclusión vulnera 'el derecho fundamental de sufragio pasivo' que tienen.
El Tribunal Supremo (TS) español tendrá que decidir si el expresidente catalán, Carles Puigdemont, puede presentarse o no como candidato a las elecciones europeas del 26 de mayo próximo.
La Junta Electoral Central española (JEC) decidió el lunes pasado por mayoría de sus miembros excluir a Puigdemont y a dos de sus antiguos colaboradores, los exconsejeros Antoni Comín y Clara Ponsatí, porque su candidatura era una "burla" a la ley al pretender concurrir a los comicios pese a estar huidos de la justicia española, e incumplían la normativa electoral al no ser residentes en las localidades españolas donde están empadronados.
La Fiscalía, sin embargo, pidió este viernes que se estime el recurso que habían presentado los tres políticos catalanes en varios juzgados de Madrid contra tal exclusión al considerar que se vulnera "el derecho fundamental de sufragio pasivo" que tienen.
Esos juzgados resolvieron este sábado trasladar al Tribunal Supremo la decisión que corresponda adoptar frente al acuerdo de la Junta Electoral Central que excluyó a los candidatos, pues entienden que es el órgano que debe pronunciarse porque el recurso plantea cuestiones que afectan tanto a la inelegibilidad de los candidatos como a la proclamación de las candidaturas.
El Supremo declaró en rebeldía a Puigdemont, Comín y Ponsatí acusados de varios delitos por su participación en el conocido como 'procés' para la independencia de Cataluña.