La justicia francesa rechaza una indemnización millonaria de cientos de exbananeros nicaragüenses

Idalia Paz, miembro de una de las familias nicaragüenses demandantes
Idalia Paz, miembro de una de las familias nicaragüenses demandantes Derechos de autor AP Photo
Por Santiago Martin MartinezAP
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Un tribunal de París declaró que el caso "no es ejecutable" en Francia, debido a la incompetencia de la justicia nicaragüense.

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La justicia francesa rechaza una indemnización millonaria de cientos de exbananeros nicaragüenses. Estos demandaron a empresas estadounidenses por los efectos dañinos para la salud provocados por un pesticida. Un tribunal de París declaró que el caso "no es ejecutable" en Francia, debido a la incompetencia de la justicia nicaragüense. Además, condenó a los demandantes a abonar 6.000 euros a cada una de las empresas demandadas (Shell, Dow Chemical y Occidental Chemical). 

Idalia Paz, miembro de una de las familias demandantes, afirma: "Nos sentimos bien afligidos, viendo que nosotros fuimos uno los afectados. Quedamos sin hijos, quedamos sin este amor, con mi esposo enfermo. Ahora ni puede trabajar. Antes trabajábamos bien y ahora tampoco. Nos sentimos decepcionados también, le pedimos a las empresas que sean justas porque aquí fue donde se regó."

El DBCP es un pesticida prohibido a finales de los años 70 en Estados Unidos. Estas empresas comercializaron este producto hasta mediados de los 80 en Nicaragua, como Nemagón o Fumazone; el cual ha sido objeto de numerosas demandas judiciales en América Latina.

Este producto está acusado de provocar cáncer e infertilidad. Los riesgos para el hombre fueron reconocidos en 1977, tras detectar numerosos casos de esterilidad entre los trabajadores de una fábrica de California.

En 2006, un tribunal nicaragüense condenó a estas compañías de agroquímicos a pagar 805 millones de dólares a unos 1.200 extrabajadores de fincas bananeras. La indemnización nunca llegó, ya que el caso fue confirmado en casación en Nicaragua años más tarde, es decir, que la resolución fue anulada.

Por este motivo, los demandantes llevaron en 2018 el caso a Francia, ya que su legislación permite examinar si una sentencia extranjera es o no válida. Finalmente, el tribunal consideró que el juez nicaragüense, que condenó en primera instancia a las compañías, "no era competente", y calificaron el primer proceso como un "fraude". Las empresas pidieron que el caso se juzgara en Estados Unidos, en virtud de una ley nicaragüense de 2001.

Barnard Antonio Zavala, abogado defensor de los afectados por el Nemagón en Nicaragua, no está de acuerdo con como se ha llevado a cabo el juicio.

"No le podemos decir a los Nicaragüenses, cuando la misma constitución en su artículo 32 inciso 2, que nadie puede ser sustraído de su jurisdicción, si las afectaciones fueron aquí en Nicaragua a Nicaragüenses aquí en su tierra no los podemos desterrar a buscar sentencia y justicia en otro país."

Los abogados franceses de los demandantes afirman que esta decisión no pone en duda el sufrimiento de sus clientes. Ahora, están planteando la posibilidad de recurrirla ante el tribunal de apelación.

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