Estrasburgo avala que España no descuente sentencias de etarras condenados en Francia

Estrasburgo avala que España no descuente sentencias de etarras condenados en Francia
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Por Marta Rodriguez Martinez con EFE
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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha decidido rechazar la solicitud planteada por varios miembros de ETA de descontar sus condenas por el tiempo pasado en prisión en Francia, aunque ha obligado a España a indemnizar a históricos dirigentes del grupo terrorista.

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El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha decidido este martes rechazar la solicitud planteada por varios miembros de ETA de descontar sus condenas por el tiempo pasado en prisión en Francia, aunque ha obligado a España a indemnizar a históricos dirigentes del grupo terrorista.

Los solicitantes Santiago Arrozpide Sarasola, Alberto Plazaola y Francisco Múgica Garmendia fueron arrestados en Francia por delitos relacionados con su pertenencia a ETA. La clave de la sentencia es que, a juicio del tribunal, España no vulneró los artículos 7 (No hay pena sin ley) y 5.1 (Derecho a la libertad y a la seguridad) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

El fallo señala que "el presente caso se diferencia claramente de (el caso de la etarra) Del Río Prada" -que tumbó en Estrasburgo la llamada "doctrina Parot" hace cinco años.

Denuncian retraso en la excarcelación

En el caso de Arrozpide primero fue condenado a diez años de cárcel en Francia en 1987 y, en el año 2000, a treinta años de prisión en España, por varios ataques terroristas y asesinatos cometidos entre 1980 y 1987, incluido un ataque con coche bomba a un centro comercial. 

El demandante solicitó que la pena de prisión dictada por los tribunales franceses, que ya había servido en Francia, se combinará con el plazo máximo de treinta años establecido en España. La Audiencia Nacional española lo aceptó, pero el Tribunal Supremo sentenció que la condena en Francia no tenía que restarse al cumplimiento de la pena máxima en España.

Plazaola y Múgica habían cumplido sus condenas en Francia y luego fueron extraditados a España. Pidieron también que se incluyera la pena de prisión impuesta y cumplida en Francia en las penas máximas de treinta años de prisión.

La Audiencia Nacional, en primer lugar, estimó su petición, pero el Fiscal General solicitó la anulación de la sentencia, siguiendo el fallo del Supremo en** el caso de Arrozpide.**

"La Corte estima que en el momento en que las condenas de los demandantes fueron pronunciadas y después, cuando los demandantes pidieron el cúmulo de las penas ya purgadas en Francia, el derecho español no preveía a un grado razonable que las penas ya cumplidas en Francia se tomarían en cuenta para determinar la duración máxima de prisión de 30 años", dice el fallo de Estrasburgo.

Indemnización a etarras históricos

Por otra parte, el fallo de la Corte europea apoya a los demandantes, "Santi Potros", Alberto Plazaola y "Pakito", en un aspecto procesal al especificar que el rechazo del Constitucional a sus recursos de amparo impidió el derecho de acceso a un tribunal y les otorga una indemnización global de 4.000 euros.

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