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Lo que cambia en Italia tras la sentencia del Tribunal de la UE sobre matrimonios homosexuales

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Ecj exteriores Derechos de autor  Copyright 2017 The Associated Press. All rights reserved.
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Por Giorgia Orlandi
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El Tribunal de Justicia de la UE ha dictaminado que todos los Estados miembros deben reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados en otro país de la UE. ¿Qué cambia para Italia? Un país en una zona gris donde existen las uniones civiles, pero no el matrimonio tal cual.

El martes, una sentencia histórica del Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó que un Estado miembro de la UE está obligado a reconocer un matrimonio entre dos ciudadanos comunitarios del mismo sexo, siempre que la unión se haya contraído legalmente en otro Estado miembro en el que hayan ejercido su libertad de circulación y residencia.

La sentencia ha servido para aclarar el caso de dos ciudadanos polacos que se habían casado en 2018 en Berlín, pero a los que las autoridades polacas habían denegado la posibilidad de transcribir el acto. Entre las razones esgrimidas estaba que tal procedimiento habría violado los principios del ordenamiento jurídico nacional.

Para entender si las cosas podrían cambiar en un país como Italia, y cómo, escuchamos al jurista Vitalba Azzolini.

¿Qué efectos tiene esta sentencia en Italia?

La sentencia del Tribunal de la UE es muy importante para todos los Estados europeos porque prevé el reconocimiento de los matrimonios entre personas del mismo sexo en cualquier lugar de la Unión Europea donde se contraigan. Como hay Estados que no prevén este reconocimiento, el alcance de la sentencia es ciertamente fundamental.

En lo que respecta a Italia, esta sentencia no trae revoluciones, con la llamada Ley Cirinnà, una ley de 2016, ya se había introducido la unión civil entre personas del mismo sexo. Esto supuso una innovación, después de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en 2015, condenara a Italia por violar el derecho al respeto de la vida privada y familiar de las parejas del mismo sexo.

Pero tratemos de entender mejor por qué esta sentencia no tiene un impacto relevante en Italia. En 2017, un decreto legislativo había establecido que un matrimonio contraído en el extranjero por ciudadanos italianos, entre personas del mismo sexo, produce los efectos de una unión civil regida por la ley italiana, por lo que ya contábamos con una disposición que, en esencia, dice lo mismo que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en esta sentencia.

Todavía más tarde, en 2018, el Tribunal de Casación aclaró entonces que los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados en el extranjero, cuando uno de los cónyuges es italiano, no se transcriben como matrimonios, sino que se convierten en el ordenamiento interno en uniones civiles, produciendo precisamente sus efectos.

Por lo tanto, Italia ya dispone de un sistema que se ajusta a lo dispuesto en la sentencia del Tribunal Europeo.

¿Más derechos con la transcripción del matrimonio?

Entonces, si una pareja gay piensa que yendo a casarse al extranjero podrá obtener mayores derechos con la transcripción de su matrimonio a su regreso a Italia, ¿está equivocada?

"Absolutamente, porque aunque el Tribunal afirma el principio del reconocimiento en cualquier Estado de la Unión Europea de un matrimonio contraído en otro Estado, ni establece una figura matrimonial europea entre personas homosexuales, ni pide a los Estados miembros que impongan el matrimonio igualitario en su propio sistema.

Sólo hay un principio de reconocimiento, el Tribunal es muy claro al respecto, aunque la competencia corresponde a los Estados miembros llamados a regular esta institución. Así que sigue siendo su competencia y su soberanía, es un ámbito de los Estados.

El Tribunal quiere proteger no tanto el derecho al matrimonio igualitario, que no puede establecer ni crear, como, por una parte, el derecho a circular y residir en la Unión y, por otra, el derecho a la vida privada y familiar, reconocido por los Tratados europeos y el Convenio Europeo de Derechos Humanos".

¿Qué dice el Tribunal? Cuando un ciudadano europeo adquiere un determinado estatuto al estar unido a una persona de su mismo sexo y de ese estatuto se derivan toda una serie de consecuencias jurídicas, ese estatuto debe seguirle en sus desplazamientos y residencia en cualquier Estado de la Unión Europea. Se trata de un estatuto que afecta a la vida personal y familiar y, por tanto, el Tribunal protege estos principios fundamentales de la Unión.

Entonces, ¿podemos decir que esta sentencia tiene más relevancia para aquellos países que no reconocen las uniones civiles?

"Así es, los países de la UE que no reconocen las parejas del mismo sexo son Bulgaria, Rumanía, Polonia y Eslovaquia. Aquí sí que es muy relevante el alcance de esta sentencia.

Entonces, mientras que en Italia la solicitud de transcripción del matrimonio se traduce en la transcripción de la unión como unión civil, en estos países, al no haber otras alternativas, la transcripción tendrá que ser la del matrimonio, también lo dice el Tribunal.

En la medida en que éste reconoce la posibilidad, como ocurre en Italia, de que los ordenamientos jurídicos internos reconozcan una modalidad diferente a la del matrimonio, a condición de que estas modalidades diferentes no den lugar a alguna forma de discriminación de las parejas del mismo sexo con respecto a las parejas heterosexuales".

Niños y adopciones, ¿qué consecuencias?

¿Qué derechos, en comparación con el matrimonio, quedan excluidos de las uniones civiles?

"Las mayores diferencias se refieren al ámbito de la filiación y, desde este punto de vista, la sentencia no tiene ninguna repercusión. Mientras que para una unión entre mujeres, se está llegando, a través de la reciente sentencia del Tribunal Constitucional, al reconocimiento automático del hijo de una, cuando la otra ha participado en este proyecto parental, para una pareja de hombres hay que recurrir a la institución de la adopción en casos especiales.

Aquí, a diferencia de la pareja unida en matrimonio para la que es la pareja la que tiene derecho a la adopción, para la pareja unida en unión civil, se carece de este derecho.

Además, mientras que en el matrimonio existe una obligación de fidelidad entre los cónyuges, obligación que actualmente no tiene efectos civiles en virtud de un artículo del código civil, no existe ninguna obligación de fidelidad en el caso de las uniones civiles en virtud de la ley Cirinnà.

Por ejemplo, no se puede, en el marco de una unión civil, recurrir al juez en caso de desacuerdo sobre la orientación de la vida familiar. Se trata precisamente de particularidades que se dan en el matrimonio y no en las uniones civiles, que en cualquier caso son secundarias y no se ven afectadas por la sentencia en cuestión".

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