El TJUE avala la ley de amnistía al considerar que no vulnera el derecho de la UE ni la normativa sobre terrorismo. Sin embargo, Puigdemont no podrá regresar aún a España: la orden de detención sigue vigente hasta que el Tribunal Constitucional resuelva su recurso.
El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha avalado ampliamente la ley de amnistía en lo que respecta al derecho comunitario, una decisión que golpea directamente con el caso de Carles Puigdemont, cuya aplicación de la amnistía sigue pendiente de resolución en el Tribunal Supremo. Los jueces de Luxemburgo consideran que la normativa ni choca contra los intereses financieros de la Unión Europea ni es contraria a la directiva en materia de terrorismo.
En respuesta a sendas cuestiones prejudiciales enviadas desde el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional, esta última ligada a la causa del 'procés' que investiga a Puigdemont por terrorismo, los jueces de Luxemburgo han confirmado así la opinión ya expresada por el abogado general de la institución judicial el pasado noviembre.
Este, pese a que la ley fue aprobada en condiciones muy particulares, como condición de ERC y Junts para investir a Pedro Sánchez, y sin consultar a la justicia europea, ya dio entonces su visto bueno a la norma, que consideró aprobada "en un contexto real de reconciliación política y social" y descartó que constituyera una "autoamnistía".
No obstante, el TJUE no decide sobre la aplicación concreta de la amnistía a Puigdemont ni sobre la vigencia de la orden nacional de detención. Esa decisión corresponde a los tribunales españoles, que deberán interpretar y aplicar la sentencia europea en los procedimientos que siguen abiertos.
¿Puede Puigdemont volver ya a España?
No de forma inmediata. El aval del TJUE a la ley de amnistía (PDF) no levanta por sí solo la orden de detención que pesa sobre Puigdemont desde hace casi nueve años. Esa orden depende del Tribunal Supremo, que se ha negado hasta ahora a aplicarle la amnistía al considerar que hubo enriquecimiento personal en el desvío de fondos del 1-O.
La última palabra la tiene el Tribunal Constitucional, que estudia el recurso de amparo del 'expresident' contra esa negativa, pero no entrará a resolverlo hasta octubre, cuando termine el parón judicial de verano. Solo si el TC da la razón a Puigdemont y obliga al Supremo a retirar la orden podrá pisar España sin riesgo de ser detenido.
El origen de una ley que ha bloqueado a dos tribunales
El Congreso aprobó la ley de amnistía en noviembre de 2023, como condición de Junts y ERC para investir a Pedro Sánchez tras unas elecciones sin mayoría clara. La norma perdona los delitos ligados al 'procés' catalán, el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017, la declaración unilateral de independencia, la malversación vinculada a esas causas, aunque deja fuera el enriquecimiento personal y los actos de terrorismo que hayan puesto en peligro la vida o la integridad física.
El PP recurrió la ley completa ante el Tribunal Constitucional, que la avaló el 26 de junio de 2025 por seis votos frente a cuatro, con la mayoría progresista de Cándido Conde-Pumpido rechazando que se tratara de una "autoamnistía".
Pero ese respaldo no cerró el conflicto: el Tribunal Supremo, con Pablo Llarena como instructor del 'procés', se ha negado desde entonces a aplicarle la ley a Puigdemont por considerar que hubo enriquecimiento personal en el desvío de fondos del 1-O, una lectura que la Sala de Apelaciones del propio Supremo confirmó en abril de 2025.
Ese choque entre tribunales españoles fue el que llevó el asunto a Luxemburgo. El Tribunal de Cuentas preguntó al TJUE si perdonar la responsabilidad contable del 1-O afecta a los intereses financieros de la UE, y la Audiencia Nacional planteó si la amnistía puede aplicarse a los CDR investigados por terrorismo.
El abogado general Dean Spielmann respondió con un "no" a ambas dudas en noviembre, allanando el terreno para la sentencia de este jueves. De por medio sigue Puigdemont, en Bélgica desde octubre de 2017 salvo el paréntesis de su aparición fugaz en Barcelona en agosto de 2024.
A partir de ahora, la sentencia del TJUE pasará a formar parte de los argumentos que deberán valorar tanto el Tribunal Supremo como el Constitucional en los procedimientos pendientes relacionados con la amnistía.
El fallo europeo refuerza la posición de quienes defienden la constitucionalidad y compatibilidad de la norma con el derecho de la UE, aunque no resuelve por sí mismo la situación procesal de Puigdemont.