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El Tribunal de Estrasburgo avala que las empresas "espíen" los chats privados de sus empleados

El Tribunal de Estrasburgo avala que las empresas "espíen" los chats privados de sus empleados
Derechos de autor 
Por Euronews
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La privacidad ya no es lo que era… La Corte Europea de Derechos Humanos ha dictaminado que las empresas tienen derecho a monitorizar los mensajes

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La privacidad ya no es lo que era… La Corte Europea de Derechos Humanos ha dictaminado que las empresas tienen derecho a monitorizar los mensajes privados que envían sus empleados a través de servicios como Yahoo Messenger,Telegram, Facebook Messenger o WhatsApp durante las horas de trabajo.

El Tribunal tomó esta decisión tras examinar el caso de Bogdan Mihai Bărbulescu, un ingeniero rumano que fue despedido por su empresa en el año 2007 por chatear con su novia y con su hermano a través de Yahoo Messenger, un servicio que también utilizaba con fines profesionales. La empresa, cuyo reglamento interno prohibía el uso de los ordenadores y teléfonos de su propiedad con fines personales, constató que todos los mensajes dirigidos a esas personas eran privados y no tenían nada que ver con su labor profesional.

Bărbulescu denunció su despido ante la justicia rumana, que le dio la razón a la empresa. Luego llevó el caso ante la Corte Europea de Derechos Humanos, pues consideró que se había violado su derecho a la privacidad. La Corte replica en su sentencia que no es “irrazonable que un empleador pueda revisar o verificar que los empleados están incumpliendo sus tareas profesionales en horas de trabajo por utilizar dispositivos electrónicos”.

En definitiva, el tribunal establece que las compañías pueden espiar los chats privados de sus empleados siempre y cuando lo hagan en horas de trabajo y utilicen los medios de la empresa (ordenadores, smartphones, cuentas…). Aún así, estima que debe haber un “balance justo” entre el respeto a la privacidad del trabajador y los intereses del empleador, un “equilibrio” cuya fórmula mágica no llega a definir. El debate está servido.

La sentencia, que puede ser apelada en un plazo de tres meses, es vinculante para todos aquellos países que han ratificado el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Si quiere leer la sentencia en francés, pulse aquí.
Para leerla en inglés, pulse aquí.

Estrasburgo permite a las empresas monitorear la correspondencia de sus empleados https://t.co/n9O20QTBEp pic.twitter.com/qdO1B69NSY

— RT en Español (@ActualidadRT) enero 13, 2016

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