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Última hora. El TSJM ratifica su decisión de investigar al presidente Sánchez por el rescate de Air Europa

ARCHIVO - Imagen del presidente de España, Pedro Sánchez, el 19 de julio de 2023.
ARCHIVO - Imagen del presidente de España, Pedro Sánchez, el 19 de julio de 2023. Derechos de autor  AP
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Por Rafael Salido
Publicado Ultima actualización
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid considera que la Oficina de Conflicto de Intereses falló en su obligación de investigar la actuación del Gobierno y considera que el PP estaba legitimado al presentar su denuncia.

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ordenado a la Oficina de Conflicto de Intereses que admita a trámite la denuncia presentada por el Partido Popular (PP) contra el presidente Pedro Sánchez por presuntas irregularidades en el rescate de la aerolínea Air Europa, en el que su esposa, Begoña Gómez, presuntamente habría jugado un papel clave.

En su auto, al que han tenido acceso medios locales, la Sección Sexta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del tribunal madrileño ha ratificado su decisión del pasado mes de junio. Asimismo, ha declarado firme dicha sentencia, por la que se exigía a la Oficina de Conflicto de Intereses, que depende del Ministerio de la Transformación digital, investigar la actuación del mandatario.

Los magistrados hicieron público el fallo una vez cumplido el plazo de 30 días dado para presentar un recurso de casación, sin que constase actuación alguna. El tribunal ha dado ahora un plazo de diez días, desde la recepción del fallo, para "acusar recibo y comunicar el órgano responsable de su cumplimiento", según reza el documento.

En junio, el TSJM había determinado que la Oficina de Conflicto de Intereses debía tramitar la denuncia del Partido Popular contra el presidente Sánchez. "Una vez realizada, se dictará la resolución procedente, que puede ser el archivo de las actuaciones si resulta así, pero en todo caso, ha de adoptar una decisión motivada y pronunciarse sobre las pruebas solicitadas", dictó el tribunal.

Asimismo, el Tribunal Superior madrileño había considerado entonces que el principal partido de la oposición, que lidera Alberto Núñez Feijóo, estaba legitimado para presentar la denuncia e impugnar su archivo, puesto que no se llevó a cabo "una actividad investigadora mínima para adoptar una decisión".

Inacción por parte de la Oficina de Conflicto de Intereses

En su decisión de junio, el tribunal consideró que no se había producido "actividad de material de investigación" por parte de la oficina del Gobierno responsable de investigar posibles conflictos de interés, más allá de un breve informe que apenas aportaba datos.

El TSJM consideró entonces que la Oficina de Conflicto de Intereses rechazó la denuncia del PP sobre la base de un informe de la Secretaría General de la Presidencia. En dicho documento se aseguraba que Begoña Gómez no había tenido relación laboral o profesional que implicara el ejercicio de funciones de dirección, asesoramiento o administración en Air Europa o Globalia.

El tribunal consideró, además, que investigar si determinadas actividades pueden afectar la imparcialidad del Ejecutivo, especialmente de un alto cargo como el propio presidente, no era solo de "interés" para la oposición, sino que también lo era para el Gobierno, debido a "la necesaria transparencia" que debe regir la actuación de este órgano de control.

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