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Neymar, Rosell y Bartomeu, absueltos: el Tribunal Supremo ratifica el fallo de la Audiencia

Neymar, jugador del Santos, reacciona durante un partido de la liga brasileña de fútbol contra el Remo en Santos, Brasil, el 2 de abril de 2026.
Neymar, jugador del Santos, reacciona durante un partido de la liga brasileña de fútbol contra el Remo en Santos, Brasil, el 2 de abril de 2026. Derechos de autor  Copyright 2026 The Associated Press. All rights reserved
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Por Rafael Salido
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Los dos expresidentes del FC Barcelona, así como el propio Neymar, habían sido acusados de cometer una estafa durante el fichaje del internacional brasileño por el club catalán, en 2013. Sin embargo, ni el Supremo ni la Audiencia de Barcelona consideran que se produjo una "actuación delictiva".

El Tribunal Supremo ha ratificado este miércoles la absolución del futbolista Neymar y de los expresidentes del FC Barcelona Sandro Rosell y Josep María Bartomeu, quienes habían sido acusados en España de haber cometido en 2013 delitos vinculados con la corrupción y la estafa durante la contratación del por aquel entonces astro brasileño, desde el Santos.

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La Sala de lo Penal pone así punto y final al recurso presentado contra el fallo inicial de la Audiencia de Barcelona, que ya determinó en su día que no se había cometido delito alguno al adquirir al jugador, al tiempo que reprochaba a la acusación su "inconsistencia".

La sentencia, según recogen medios locales, considera probado que la empresa DIS, que ostentaba los derechos económicos de Neymar desde 2009, recibió la compensación acordada con el club catalán, equivalente a un 40% de los 17,1 millones de euros que inicialmente el Barça pagó por el traspaso, es decir, 6,84 millones de euros. Esta era la compensación que la empresa debía recibir, a modo de compromiso, teniendo en cuenta que en ese momento acabaría su contrato con el Santos y quedaría, por lo tanto, libre de firmar un nuevo contrato con cualquier otro equipo.

DIS reclamaba, sin embargo, que debido a que el traspaso -inicialmente previsto para 2014- se adelantó en un año, denunció que la compensación debía ser mayor y denunció una estafa. Ahora, el Supremo da la razón a la Audiencia Nacional al considerar que la empresa, si bien era titular de los derechos económicos del futbolista no lo era de los derechos federativos, que son los que permiten a un jugador fichar por otro club.

"Esto no supone una actuación delictiva de corrupción entre particulares ni de simulación contractual, por cuanto el contrato y la intención subyacente de las partes era real, cual pactar unas condiciones económicas y abonarlo para cuando quedara libre, lo que queda en el terreno del derecho deportivo y normas FIFA o UEFA, pero no afectante al derecho penal", concluye el Supremo.

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