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El TJUE declara ilegal la ley de infancia de Hungría por discriminar a personas LGTBI

Participantes en la Marcha del Orgullo cruzan el Puente Elisabeth en Budapest, Hungría, el sábado 28 de junio de 2025. (AP Photo/Rudolf Karancsi)
Participantes en la Marcha del Orgullo cruzan el Puente Elisabeth en Budapest, Hungría, el sábado 28 de junio de 2025. (AP Photo/Rudolf Karancsi) Derechos de autor  AP Photo
Derechos de autor AP Photo
Por Sandor Zsiros
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El Tribunal de Justicia Europeo dictamina que la Ley de Protección de la Infancia de Hungría de 2021 discrimina ilegalmente a la comunidad LGTBQ+; es la primera vez que se declara que un Estado miembro vulnera la Carta de Valores Fundamentales de la UE.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que la modificada Ley de Protección de la Infancia de Hungría viola la legislación de la UE y discrimina a los homosexuales y transexuales.

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Es la primera vez que el Tribunal dictamina que un Estado miembro de la UE vulnera los valores fundamentales establecidos en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE. La ley fue impulsada por Viktor Orbán en un referéndum que coincidió con la votación de las elecciones generales.

En su momento, la ley se enfrentó a acusaciones de que criminalizaba injustamente a los homosexuales como pedófilos. La sentencia del martes se produce nueve días después de las elecciones parlamentarias húngaras, en las que el partido opositor Tisza derrotó al partido Fidesz de Orbán.

Hungría modificó su ley de protección de la infancia en 2021, alegando que los cambios eran necesarios para proteger a los menores de los abusos sexuales. La ley prohibía la representación o promoción de la homosexualidad y la reasignación de género. En consecuencia, se exigió a los medios de comunicación y editoriales húngaros que retiraran las series de televisión, películas y libros que retrataran la homosexualidad.

El TJUE considera que la ley "estigmatiza a las personas transgénero"

El tribunal afirmó que la legislación "estigmatiza y margina a las personas transexuales, incluidas las personas transgénero", y señaló que el título de la ley las relaciona con personas condenadas por pederastia. Según el tribunal, esta asociación aumenta la estigmatización y puede fomentar comportamientos hostiles. Los 27 jueces participaron en la sentencia.

El tribunal consideró que Hungría había violado varios derechos recogidos en la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE y ordenó al país que derogara la ley inmediatamente.

Afirmó que las enmiendas interfieren gravemente en derechos clave, como la protección frente a la discriminación por razón de sexo u orientación sexual, el respeto de la vida privada y familiar y la libertad de expresión e información.

El Tribunal también dictaminó que la ley vulnera las normas de la UE sobre libre prestación de servicios. Durante la vista, Hungría alegó que las medidas eran necesarias para proteger a los niños y preservar la identidad nacional.

En 2025, las autoridades húngaras prohibieron el Orgullo de Budapest en virtud de la misma ley, alegando que el acto podía perjudicar a los menores. Los organizadores siguieron adelante con la marcha a pesar de la prohibición, y atrajo a cientos de miles de participantes. El Gobierno húngaro saliente no había respondido a la sentencia en el momento de su publicación.

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