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Grecia endurece la ley contra el tabaco, el alcohol y la venta a menores

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Foto de archivo Derechos de autor  Alkis Konstantinidis/AP2010
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Por Ioannis Karagiorgas
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Las disposiciones del proyecto de ley entrarán en vigor de forma inmediata.

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El Parlamento griego ha aprobado el proyecto de ley sobre la protección de los menores frente al consumo de tabaco y alcohol. La nueva ley establece la obligación de comprobar la edad de los compradores de tabaco y alcohol, con sanciones muy severas para los infractores.

En concreto, todos aquellos que vendan productos del tabaco (cigarrillos, cigarrillos electrónicos, vaping) están ahora obligados a comprobar la identidad del cliente que, para comprar cualquier producto de este tipo, debe mostrar un documento que acredite su edad.

Según la ley: "Si existe alguna duda sobre la identidad de la persona o si no se demuestra su mayoría de edad, la persona responsable no debe proceder a la venta, oferta o disposición del producto".

Fin de la publicidad indirecta o directa del tabaco

El nuevo proyecto de ley también prohíbe "la colocación de productos del tabaco en los escaparates de los establecimientos de restauración colectiva y de ocio" y la fabricación de productos que no sean del tabaco, pero "tengan la forma externa de los productos del tabaco y productos afines" (en el pasado, por ejemplo, circulaban en Grecia chicles con forma de paquetes de cigarrillos).

Al mismo tiempo, se prohíbe la publicidad y la venta de productos del tabaco en los locales de las instituciones sanitarias y educativas de todos los niveles (públicas y privadas) y en los comedores de estas instituciones y servicios.

En general, todas las formas de publicidad y promoción de los productos del tabaco están ahora prohibidas en todos los espacios exteriores, al aire libre e interiores, así como la proyección de anuncios de productos del tabaco en las salas de cine. Excepto en las zonas interiores de los puntos de venta de productos del tabaco.

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Foto de archivo Yorgos Karahalis/Copyright 2018 The AP. Todos los derechos reservados.

Prohibido fumar en cibercafés y estadios

También se prohíbe tanto la venta como fumar en los cibercafés y los lugares donde se juegue a la IA. Por último, se prohíbe fumar en los deportes de interior y al aire libre, en los lugares de ocio y reunión de menores, en los deportes de equipo de interior y en los eventos deportivos de interior.

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Foto de archivo Petros Giannakouris/AP2010. Todos los derechos reservados.

Por cada infracción de esta disposición, se impondrá una multa de 200 euros a los fumadores ilegales y de 500 euros a los responsables de la gestión de los locales mencionados.

Multas y retirada del permiso para fumar en taxis o transportes públicos

Según la ley, ahora está prohibido fumar en el interior de los taxis, tanto por parte del conductor como del pasajero. De hecho, se impondrá una multa de 1.500 euros al fumador (ya sea conductor o pasajero). La multa se duplica a 3.000 euros si el fumador se encuentra en un vehículo público (autobús, metro, etc.).

En los casos mencionados de infracciones detectadas por la policía, también se prevé la retirada del permiso de conducir al conductor durante un periodo de un mes por cada infracción, aunque no haya cometido la infracción él mismo, sino una persona que viajaba en el coche.

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Foto de archivo Jenny Kane/Copyright 2021 The AP. Todos los derechos reservados.

Protección de los menores frente al alcohol

El proyecto de ley también contempla sanciones y restricciones estrictas relacionadas con la venta de alcohol a menores. En particular:

  1. Se prohíbe a los menores de edad entrar, permanecer o desempeñar cualquier tipo de empleo en centros de ocio y bares exclusivamente para adultos. Excepcionalmente, podrán ingresar y permanecer en dichos establecimientos únicamente cuando se trate de eventos privados con un número determinado de participantes, organizados fuera del horario habitual de funcionamiento, por un motivo específico y en un espacio especialmente habilitado para ello.

    En estos casos, el responsable del establecimiento deberá notificar con al menos 48 horas de antelación la fecha y hora del evento a la Comisaría de Policía o Autoridad Portuaria competente, a través de la plataforma electrónica correspondiente.

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Foto de archivo Jeff Chiu/Copyright 2025 The AP. Todos los derechos reservados
  1. En las entradas de los centros de ocio se colocarán carteles en un lugar visible con la leyenda "PROHIBIDO EL ACCESO Y LA ESTANCIA A MENORES DE EDAD". En los demás comercios y puntos de venta se exhibirán carteles en lugar destacado que indiquen: "PROHIBIDA LA VENTA, DISTRIBUCIÓN Y CONSUMO DE ALCOHOL A MENORES".

  2. Las personas físicas responsables del cumplimiento de esta normativa deberán comprobar y verificar la edad de quienes pretendan adquirir alcohol, solicitando la presentación de un documento oficial, ya sea en formato papel o digital, que acredite la mayoría de edad, o mediante el uso de sistemas electrónicos de verificación de edad.

    En caso de duda sobre la identidad o de no poder confirmar la mayoría de edad, el responsable estará obligado a abstenerse de realizar la venta, oferta o entrega del producto, así como a impedir la entrada, permanencia o contratación de menores en centros de ocio o bares.

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Foto de archivo Thanassis Stavrakis/AP

Sanciones administrativas por tabaco y alcohol

La ley prevé multas y sanciones de distinto nivel, según se trate de un fumador o de un responsable de local. Para los infractores fumadores, las multas oscilan entre 50 y 500 euros, siendo la más elevada la que se impone a una persona reincidente.

Mucho más severas son las sanciones para los responsables de establecimientos y locales, ya que se prevén multas de 500 a 10.000 euros, mientras que la cuarta infracción dará lugar a la revocación temporal de la licencia del establecimiento de interés sanitario por decisión de la autoridad que la haya concedido, por un periodo de diez (10) días. En el caso de la quinta infracción, se revocará definitivamente la licencia de funcionamiento por decisión de la autoridad que la otorgó.

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Foto de archivo Natacha Pisarenko/Copyright 2024 The AP. Todos los derechos reservados

Quien venda, ofrezca o facilite de cualquier modo productos del tabaco y del alcohol a menores de edad será sancionado con multas de 500 a 10.000 euros. Por decisión de la autoridad que expidió la licencia comercial, además de la multa administrativa, se revocará temporalmente la licencia del negocio por un período de cinco a diez días, que se aumentará a treinta días en caso de primera reincidencia. En caso de reincidencia por segunda vez, además de la multa administrativa, se revocará definitivamente la licencia.

Quienes infrinjan las disposiciones relativas a la publicidad de los productos del tabaco serán sancionados con multas de 500 a 10.000 euros.

Penas de 3 años de prisión por infracciones específicas

Será castigado con la pena de prisión de hasta tres años y multa, salvo que resulte más severamente castigado por otra disposición, quien:

a) Venda, ofrezca o de cualquier forma disponga de productos de tabaco a menores de edad.

b) Utilice a menores de edad para la venta, ofrecimiento o de cualquier forma disponga de productos de tabaco.

c) Venda, ofrezca o de cualquier forma disponga de bebidas alcohólicas a menores de edad.

d) Venda bebidas alcohólicas a través de una máquina expendedora.

e) Emplee de cualquier forma a menores de edad en centros de diversión y bares.

f) Permita la entrada y permanencia de menores de edad en centros de diversión y bares.

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