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Se disparan las reclamaciones por las multas del estado de alarma en España

Un policía local detiene un vehículo en un control en Madrid, España
Un policía local detiene un vehículo en un control en Madrid, España Derechos de autor Bernat Armangue/Copyright 2020 The Associated Press. All rights reserved.
Derechos de autor Bernat Armangue/Copyright 2020 The Associated Press. All rights reserved.
Por Juan Carlos De Santos Pascual
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Los despachos de abogados no dan abasto con el aluvión de consultas que se producen en esta fechas debido a la publicación de la sentencia del Tribunal Constitucional que anula las multas por saltarse el confinamiento en los primeros meses de pandemia.

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Según el Reclamador.es ya se conoce la sentencia y los teléfonos de los despachos de abogados echan humo. Solo en esta web de reclamaciones de multas han recibido más de 300 en dos semanas. "Hasta que ha llegado la sentencia nos consultaban unas 10 o 15 personas a la semana, pero en cuanto se ha conocido, la primera semana 150 llamadas y la pasada 170, eso solamente a nosotros. Me imagino que la mayor parte de los despachos que están muy acostumbrados a este tipo de asuntos lo mismo han duplicado ese número también", destaca Almudena Valiente, directora legal de Reclamador.es

En el despacho de Legálitas de Carlota Zapata tampoco dan abasto. "Yo al día suelo tener 30 o 40 llamadas, pero sobre este tema son 10 más al día y eso que ahora estamos en verano", apunta Zapata.

Pero no todo el que llama puede reclamar_,_ hay que cumplir una serie de requisitos primero. "Se decreta la nulidad del estado de alarma, del primer estado de alarma. Yo luego no sé si esto se ampliará o tendrá otras consecuencias. No me valen las de la mascarilla. No me valen las posteriores sobre reuniones de las Comunidades Autónomas", añade Carlota Zapata.

Por su parte Almudena Valiente señala que "Aunque tengamos la confianza de que con respecto al segundo estado de alarma también se producirá en el mismo sentido, de momento la sentencia de la que estamos hablando solo se refiere al primer periodo. Es decir, desde el 14 de marzo hasta el 4 de mayo que fue cuando se levantaron todas las restricciones de movimientos y nos dejaron un poco sueltos."

Según el Reclamador.es la mayoría de consultas se producen sobre multas con el valor más bajo_._ Esto permite en muchos casos que el propio afectado pueda solicitar la nulidad por su cuenta aunque no es lo recomendable, según los despachos, en los casos complicados. "En todos los casos se necesita la resolución sancionadora, documento acreditativo del pago y el documento de identificación o un documento de representación si se actúa con un abogado", apunta Almudena Valiente_,_ directora del Reclamador.es_. "La mayoría son de 600 euros. Hemos visto también multas más graves porque en teoría se supone que se gradúan desde los 600 hasta los 30 000 euros, pero la mayoría son de 600 porque la mayoría de las veces cuando se sancionaba por estar en la vía pública sin motivo, se hacía con carácter individual incluso con las que había una causa justificada. Como lo graduaban ellos, por ejemplo, cuando había más de una persona participando en el incumplimiento, en vez de 600 eran 1500 por persona",_ apunta Zapata de Legálitas.

No importa cuando te hayan notificado la multa si corresponde con el periodo indicado. "El Constitucional es muy claro cuando con la ley se declara nula no puede producir ningún tipo de efecto, con lo cual pues da igual que te la hayan notificado hace 4 meses que hace un año, reclamarse puede reclamarse igual. Otra cosa es que el procedimiento sea más complejo o menos", indica Valiente de Reclamador.es

¿Qué pasará entonces a partir de ahora si la situación se vuelve a repetir?

Ambas expertas en este tipo de asuntos legales apuntan que fue un error de la administración que se podría haber evitado. "El Tribunal Constitucional lo que se basa es en que esto es una limitación absoluta de derechos, no es una suspensión y que para eso tenían que haber utilizado el estado de excepción y no el de alarma", dice Zapata.

"El Tribunal Constitucional no ha dicho que el confinamiento no fuera necesario, era una medida de protección real de la salud de la gente, pero se necesitaba otro proceso distinto y que eso en ningún caso el que ahora se puedan anular esas multas... no aminora la responsabilidad de cada uno en cuanto protegerse cada uno y proteger a los demás", señala Almudena Valiente.

"Ahora ya veremos a ver también con los toques de queda de las CC AA porque los soportes legales también los tienen puestos con pinzas. Esto también me da a mí que va dar también sus dimes y diretes" concluye la directora legal de Reclamador.es.

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