Sigue sin estar claro si el borrador de 14 puntos distribuido en las reuniones del G7 en Francia será la versión que se formalice en una ceremonia en Suiza el próximo viernes 19 de junio.
Un documento que se presenta como el texto del acuerdo marco entre Estados Unidos e Irán que debe firmarse en Suiza el viernes, difundido inicialmente en medios de habla árabe, ha acaparado este miércoles mucha atención pese a no haber sido aún confirmado oficialmente ni por Washington ni por Teherán.
El borrador de catorce puntos, distribuido en las reuniones del G7 en Francia, prevé que Teherán se comprometa a no fabricar armas nucleares mientras Washington promete destinar 300.000 millones de dólares a la reconstrucción de Irán, pero tampoco es probable que sea la versión definitiva que se formalice en una ceremonia en Suiza el viernes.
El presidente estadounidense Donald Trump se mostró molesto por las filtraciones y dijo a los periodistas al margen de la cumbre que "nadie sabe cómo será exactamente el acuerdo, pero será muy sólido". También advirtió de que, si Irán no cumple los términos, Estados Unidos "volverá a bombardear".
Este es el texto íntegro del borrador de acuerdo al que hasta ahora los responsables estadounidenses han restado importancia.
- La República Islámica de Irán y los Estados Unidos, junto con sus aliados en la guerra actual, declaran, con la firma de este Memorando de Entendimiento, el fin inmediato y permanente de la guerra en todos los frentes, incluido el Líbano, y se comprometen a que, de ahora en adelante, no emprenderán ninguna acción hostil entre sí y se abstendrán de amenazarse o emplear la fuerza entre sí. El Acuerdo Final confirmará las disposiciones de este artículo y de los demás artículos.
- La República Islámica de Irán y Estados Unidos se comprometen a respetar la soberanía y la integridad territorial de la otra parte y a abstenerse de injerirse en sus asuntos internos.
- La República Islámica de Irán y los Estados Unidos se comprometen a negociar y alcanzar un acuerdo definitivo en un plazo máximo de 60 días, prorrogable de mutuo acuerdo.
- Inmediatamente después de la firma de este Memorando de Entendimiento, los Estados Unidos levantarán el bloqueo naval y evitarán cualquier interferencia u obstrucción contra la República Islámica de Irán, y restablecerán en un máximo de 30 días el tráfico marítimo a plena capacidad; el tráfico de buques será proporcional al volumen anterior a la guerra correspondiente a la República Islámica de Irán. Los Estados Unidos se comprometen asimismo a retirar sus fuerzas de las zonas circundantes en un plazo de 30 días tras el Acuerdo Final.
- Tras la firma de este Memorando de Entendimiento, la República Islámica de Irán adoptará de inmediato las medidas necesarias para que, en un plazo de 30 días y teniendo en cuenta la necesidad de eliminar los obstáculos técnicos y desactivar las minas por parte de Irán, se reanude el tránsito de buques mercantes desde el golfo Pérsico al mar de Omán y viceversa hasta alcanzar el nivel de tráfico anterior a la guerra.
- Los Estados Unidos se comprometen, junto con sus socios regionales, a elaborar un plan integral, acordado por ambas partes, para la rehabilitación y el desarrollo económico de la República Islámica de Irán, garantizando una financiación de al menos 300.000 millones de dólares. El mecanismo de aplicación de este plan, como parte del Acuerdo Final, se concretará en un plazo de 60 días.
- Los Estados Unidos se comprometen a poner fin, según un calendario que se acordará en el marco del Acuerdo Final, a todo tipo de sanciones que afronta actualmente la República Islámica de Irán, incluidas las resoluciones del Consejo de Seguridad de la ONU y de la Junta de Gobernadores del Organismo Internacional de Energía Atómica (OIEA), así como todas las sanciones unilaterales estadounidenses, tanto primarias como secundarias.
- La República Islámica de Irán reitera que no producirá nunca armas nucleares. La República Islámica de Irán y los Estados Unidos han acordado que el destino del material enriquecido y de todas las demás cuestiones relacionadas con el programa nuclear acordadas mutuamente, incluidas las necesidades nucleares de Irán, se abordará de forma adecuada en un Acuerdo Final; el Acuerdo Final confirmará las disposiciones de este artículo.
- La República Islámica de Irán y los Estados Unidos acuerdan que, en tanto no haya un Acuerdo Final, mantendrán la situación actual: Irán mantendrá el statu quo de su programa nuclear y los Estados Unidos no impondrán nuevas sanciones a Irán ni reforzarán sus fuerzas en la región.
- Los Estados Unidos se comprometen a que, inmediatamente después de la firma de este Memorando de Entendimiento y hasta la fecha del levantamiento de las sanciones, el Departamento del Tesoro de Estados Unidos emitirá exenciones para las exportaciones de crudo iraní, productos petroquímicos y sus derivados, y para todos los servicios relacionados, incluidos los bancarios, de seguros, de transporte y similares.
- Estados Unidos se compromete a que, a la luz de los avances de las negociaciones hacia un Acuerdo Final, los fondos y activos de la República Islámica de Irán congelados o restringidos serán liberados y estarán plenamente disponibles. Estos fondos, ya se mantengan en la cuenta principal o se transfieran, se utilizarán para cualquier pago al beneficiario final que determine el Banco Central de la República Islámica de Irán y estarán plenamente disponibles para su uso. Los Estados Unidos se comprometen a emitir todos los permisos y licencias necesarios sobre esta base.
- La República Islámica de Irán y los Estados Unidos acuerdan que se establecerá un mecanismo de aplicación para supervisar la correcta ejecución del Acuerdo Final y el cumplimiento futuro de este.
- Tras la firma de este Memorando de Entendimiento, y una vez recibidas las garantías relativas al inicio de la aplicación de los artículos cuatro, cinco, diez y once de este Memorando de Entendimiento y a la continuidad de estas medidas, la República Islámica de Irán y los Estados Unidos entablarán negociaciones sobre un Acuerdo Final únicamente en lo referente a los artículos restantes.
- El Acuerdo Final será aprobado mediante una resolución vinculante del Consejo de Seguridad de la ONU.