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'Ley de nietos': La Junta Electoral estudia cómo ejecutar el fallo del Supremo

ARCHIVO - Un trabajador electoral muestra papeletas a los medios de comunicación antes de su distribución a los colegios electorales, en Barcelona, ​​el 18 de julio de 2023.
ARCHIVO - Un trabajador electoral muestra papeletas a los medios de comunicación antes de su distribución a los colegios electorales, en Barcelona, ​​el 18 de julio de 2023. Derechos de autor  Copyright 2023 The Associated Press. All rights reserved.
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Por Lucia Blasco
Publicado última actualización
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La Junta Electoral Central analiza cómo ejecutar la decisión cautelar del Tribunal Supremo, que suspende los efectos electorales de determinadas inscripciones en el censo exterior vinculadas a la llamada 'ley de nietos'.

La Junta Electoral Central (JEC) se reúne este lunes para estudiar cómo dar cumplimiento a la decisión del Tribunal Supremo sobre las inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) de personas que obtuvieron la nacionalidad española al amparo de la Ley de Memoria Democrática, conocida como 'ley de nietos'.

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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo estimó parcialmente las medidas cautelares solicitadas por Vox e Iustitia Europa contra un acuerdo adoptado por la JEC el pasado 16 de julio. El alto tribunal acordó suspender los efectos electorales de determinadas inscripciones vinculadas a esta vía de acceso a la nacionalidad mientras resuelve el fondo de los recursos.

La medida no afecta a la nacionalidad española ya obtenida, sino a sus efectos electorales. La suspensión no se aplicará a quienes puedan acreditar, mediante certificación de los registros consulares, que cumplen los requisitos previstos en la ley relativos al exilio de sus ascendientes, sin recurrir a la presunción establecida posteriormente por una instrucción del Gobierno.

El Supremo ha pedido a la JEC que requiera a la Oficina del Censo Electoral un informe que permita distinguir los expedientes derivados directamente de los supuestos de exilio previstos en la ley de aquellos tramitados conforme a la interpretación posterior de 2022.

También reclama que los registros consulares aporten la información necesaria para determinar qué nacionalizados acreditaron el exilio de sus ascendientes y cuáles se beneficiaron de la presunción establecida por la instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de octubre de 2022. Esta instrucción estableció criterios para aplicar la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática.

Además, el Supremo ha requerido que, si la Oficina del Censo Electoral todavía no ha completado la información solicitada previamente por la Junta, se le conceda un plazo máximo de 15 días, y que posteriormente la JEC no tarde más de 10 en aprobar las medidas correspondientes.

Un aumento del censo bajo la lupa

La decisión cautelar llega después de que el Supremo considerara que el incremento del CERA podía representar un riesgo para la objetividad y transparencia de futuros procesos electorales. Según los datos recogidos en sus autos, el número de electores residentes en el extranjero aumentó en 408.262 entre las elecciones generales de 2023 y el 1 de julio de 2026.

La conocida como 'ley de nietos' es en realidad la disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática de 2022. Entre otros supuestos, permite optar a la nacionalidad española a personas nacidas fuera de España cuyo padre, madre, abuelo o abuela fueran originariamente españoles y hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad como consecuencia del exilio por razones políticas, ideológicas, de creencia o de orientación e identidad sexual.

En julio, la propia Junta Electoral había concluido que no era competente para revisar la legalidad de la instrucción de 2022 ni para acordar la exclusión del CERA de quienes hubieran obtenido la nacionalidad conforme a ella. Ese acuerdo es uno de los que han llegado al Supremo a través de los recursos posteriores.

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