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Begoña Gómez pide al juez permiso para viajar a la cumbre de la OTAN y a la graduación de su hija

Sánchez, y su esposa, Begoña Gómez, llegan a la misa oficiada por el Papa León XIV en la Basílica de la Sagrada Familia en Barcelona, ​​España, el 10 de junio de 2026
Sánchez, y su esposa, Begoña Gómez, llegan a la misa oficiada por el Papa León XIV en la Basílica de la Sagrada Familia en Barcelona, ​​España, el 10 de junio de 2026 Derechos de autor  Bernat Armangue / AP
Derechos de autor Bernat Armangue / AP
Por Javier Iniguez De Onzono
Publicado última actualización
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La decisión dependerá del criterio del juez, ya que la autorización puntual para viajar pese a la retirada cautelar del pasaporte no está regulada de forma expresa. Los expertos recuerdan que este tipo de medidas debe ajustarse al principio de proporcionalidad y al riesgo de fuga de la investigada.

Begoña Gómez ha solicitado al juez Juan Carlos Peinado autorización para viajar a Ankara y asistir a la cumbre de la OTAN como pareja del presidente del Gobierno, así como desplazarse posteriormente a Londres para acudir a la graduación de una de sus hijas. La petición se produce después de que el magistrado le retirara el pasaporte español como medida cautelar, por lo que necesita permiso judicial para salir del país.

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La defensa de Gómez plantea enlazar ambos desplazamientos entre el 7 y el 10 de julio. El itinerario prevé viajar primero a Turquía, desplazarse después al Reino Unido y regresar finalmente a España desde Londres.

El abogado argumenta que durante todo el viaje estará acompañada por el dispositivo de seguridad de Presidencia del Gobierno. Sin embargo, en el auto por el que acordó retirarle el pasaporte e imponerle comparecencias quincenales, Peinado llegó a poner en duda la actuación de los agentes encargados de su protección.

"Lo que no cabe duda es que esos agentes, en un momento determinado, pueden, bien por iniciativa propia o siguiendo órdenes de sus superiores jerárquicos, ser precisamente quienes colaboren en la acción o acciones que se lleven a cabo para facilitar esa fuga, que haga imposible que la acusada se encuentre a disposición de la Justicia", escribió el magistrado en una resolución que fue criticada tanto por el Gobierno como por asociaciones policiales como JUPOL y el SUP.

La Ley de Enjuiciamiento Criminal no regula expresamente un supuesto como este. No obstante, juristas especializados explican que es posible solicitar autorizaciones puntuales para realizar viajes concretos cuando se justifica su necesidad y se ofrecen garantías suficientes de retorno. Recuerdan, además, que las medidas cautelares deben respetar el principio de proporcionalidad, especialmente cuando todavía no existe una condena firme. En el caso de Gómez, el juicio aún no se ha celebrado y tampoco ha estado en prisión provisional.

El juez solo podría denegar la autorización si apreciara un riesgo de fuga suficientemente acreditado. La defensa sostiene que concurren circunstancias que avalan el viaje, como la existencia de compromisos oficiales, un itinerario cerrado y garantías de regreso a España, aunque la decisión dependerá de la valoración que realice el magistrado.

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