Los fiscales comandarían, a partir de 2028, los procedimientos penales en España, desapareciendo la figura de los jueces de instrucción. Se trata del principal cambio, ya presente en varios países europeos, de esta legislación centenaria promulgada bajo Mateo-Sagasta y el reinado de Alfonso XII.
El Consejo de Ministros aprueba este martes trasladar al Congreso de los Diputados su reforma de la Lecrim: el proyecto de Ley de Enjuiciamiento Criminal -ahora Loecrim- que modificaría, tras 143 años, la ejecución de los procedimientos penales en España.
Su reforma fundamental radica en los fiscales: estos pasarán de ejercitar la acción penal pública a liderar las investigaciones competentes. Desaparece, de esta forma, la figura del juez de instrucción, como ya ocurre en otros países europeos como Alemania, Italia o Portugal, en detrimento del modelo anglosajón que se mantenía hasta ahora.
Pese a las nuevas competencias de los fiscales, el proceso inicial será supervisado por un juez de garantías, de nueva creación. Además, una vez finalizada la investigación prospectiva, será un segundo juez quien decida si se abre finalmente juicio, y un tercero quien juzgue los hechos. De aprobarse en el Congreso (algo en absoluto garantizado debido a la coyuntura parlamentaria vigente), la ley entraría en vigor el 1 de enero de 2028.
En la Loecrim se prohíbe de forma expresa remitir, por parte del Ejecutivo, ninguna indicación sobre procedimientos penales concretos, y toda comunicación Gobierno-Fiscalía será registrada y de acceso público. El mandato del fiscal general, además, pasará de cuatro a cinco años de duración. La ley también establece queel fiscal general solo podrá ser cesado en caso de incumplimiento grave o reiterado de sus funciones, previo informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).
Los nombramientos, ascensos y sanciones más graves en el organismo, además, quedan atribuidas al fiscal generaly no al ministro de Justicia, como ocurría hasta ahora, aunque el primero sigue siendo designado a discreción del segundo. La ampliación de su mandato en un año pretende, precisamente, desvincular su cargo del Gobierno que esté al frente de la legislatura.
La acusación popular también será reformada: ni partidos políticos, ni instituciones públicas, ni sindicatos o asociaciones vinculadas a los anteriores podrán personarse en los casos bajo este recurso. Además, solamente podrá ejercerse en delitos vinculados a la corrupción, los derechos de los consumidores, los delitos de odio o de violencia de género y de la financiación ilegal de las formaciones políticas.
Esta ley centenaria, que ha visto pasar monarquías constitucionales, periodos dictatoriales y dos periodos democráticos, ya se intentó reformar bajo los gobiernos conservadores de Aznar y Rajoy, así como por el PSOE con Zapatero y anteriores ministros de Pedro Sánchez. La antecesora de Félix Bolaños, Pilar Llop, paralizó la reforma al no estar de acuerdo con el liderazgo de los fiscales en la investigación penal.